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toma de declaraciones será obligatoria y no podrán negarse por extemporaneidad

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La Procuraduría General de la Nación expidió la Directiva 012 de 2025, que establece lineamientos claros y de obligatorio cumplimiento para garantizar que todas las víctimas del conflicto armado tengan acceso efectivo al proceso de declaración, requisito esencial para ser incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV) y acceder a las medidas de atención y reparación contempladas en la Ley 1448 de 2011.La instrucción está dirigida a personerías municipales y distritales, defensorías regionales y provinciales, procuradurías regionales y distritales, así como al Ministerio de Relaciones Exteriores, incluyendo embajadas y consulados de Colombia en el exterior. El Ministerio Público busca cerrar las brechas de acceso a la justicia que, por años, han afectado a miles de personas que sufrieron hechos victimizantes.Empleadas de Migración Colombia y de la Procuraduría hicieron la denuncia Foto:EL TIEMPO“La toma de declaraciones a víctimas del conflicto armado es una actividad permanente y obligatoria para las personerías, la Defensoría del Pueblo, las procuradurías y las misiones diplomáticas. Ninguna entidad podrá negarse a recibirlas alegando que el tiempo ha pasado. La única autoridad competente para valorar la extemporaneidad de una declaración será la UARIV”, señaló la Procuraduría en la directiva.Uno de los puntos más relevantes es la priorización de los casos de desplazamiento forzado. Cuando la víctima se acerque en los tres meses posteriores al hecho victimizante, las autoridades deberán garantizar la toma inmediata de la declaración para permitir el acceso a la Atención Humanitaria Inmediata.Desplazados en la región del Catatumbo. Foto:SCHNEYDER MENDOZALa directiva también refuerza la obligación de brindar un enfoque diferencial. Esto significa que las instituciones deberán garantizar atención con pertinencia étnica, de género y discapacidad, así como disponer de intérpretes o personal especializado en los casos que lo requieran. Además, advierte que las fallas tecnológicas no serán una excusa para negar el servicio: si los sistemas fallan, los funcionarios deberán diligenciar el Formato Único de Declaración (FUD) en físico.El documento también recalca que los funcionarios encargados deberán ofrecer trato digno y confidencialidad absoluta a la población víctima, participar en procesos de capacitación continua y reportar periódicamente las gestiones realizadas para eliminar barreras de acceso.“Con esta directiva, la Procuraduría reafirma su compromiso con la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. El Estado tiene la obligación de facilitar todos los mecanismos para que las víctimas del conflicto, dentro y fuera del país, puedan ejercer plenamente sus derechos”, concluyó la entidad.Redacción JusticiaMás noticias:


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